La nueva ley de IVA para ecommerce, freno al fraude en el canal
Entre los cambios que introduce la nueva norma, se encuentra la supresión de la exención del IVA a las empresas no pertenecientes a la Unión Europea.
El próximo 1 de julio entra en vigor la nueva norma sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA) para las compras online, con la que la Unión Europea persigue reducir el fraude en el comercio digital con empresas de fuera de la región y simplificar la tributación que deben realizar los retailers cuando envían sus artículos a otros países de la UE.
Según ha explicado la Comisión Europea en un comunicado, el sistema del IVA de la UE se actualizó por última vez en 1993, por lo que no ha seguido el ritmo de adopción del ecommerce en el Viejo Continente. “La pandemia de coronavirus también ha acelerado el auge del comercio minorista en línea y ha confirmado la necesidad de una reforma para velar por que se abone al país del consumidor el IVA adecuado por las ventas en línea”, señalan.
Entre los cambios más destacados que introduce la nueva norma, se encuentra la supresión de la exención del IVA de la que disfrutaban las empresas no pertenecientes a la Unión Europea, al declarar la venta de mercancías por un valor inferior a los 22 euros.
“Los estudios realizados y la experiencia adquirida han demostrado que se está abusando de esta exención, ya que vendedores sin escrúpulos de fuera de la UE etiquetan engañosamente los envíos de mercancías, como los teléfonos inteligentes, para beneficiarse de la exención”.
Una ventaja que, según los cálculos realizados por la Comisión, cuesta a las haciendas públicas unos 7.000 millones de euros al año, aumentando así la carga fiscal para otros contribuyentes.
Ventanilla única
La nueva norma prescinde, asimismo, de los distintos umbrales de ventas que marcaban los países de la UE para declarar (o no) el IVA para establecer uno en común. Así, aquellos vendedores cuyas ventas en otros países de la región superen los 10.000 euros, deberán declarar el IVA correspondiente a los países en los que vende.
Lo podrán hacer en un nuevo portal electrónico, llamado ventanilla única (One Stop Shop), donde se pueden registrarse en su propio Estado miembro y en su propia lengua. Una vez registrado, el minorista podrá declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única.
De acuerdo con la Comisión Europea, un sistema similar ya opera con éxito desde 2015 para el IVA de las ventas transfronterizas de servicios electrónicos. Y en países como Noruega, Australia y Nueva Zelanda ya se han puesto en marcha reformas similares que, a juicio del organismo europeo, “funcionan bien”.