Las bebidas espirituosas adaptan el Código de Autorregulación publicitaria en sus nuevos productos
Las nuevas modificaciones del Código traen cambio en la publicidad de Internet
En 1999 el sector de bebidas espirituosas fue uno de los primeros en asumir el compromiso con la sociedad para regular sus comunicaciones comerciales con normas éticas que promueven el consumo responsable, previenen los consumos abusivos y protegen a los menores de edad.
En este sentido, las nuevas modificaciones que suponen la cuarta revisión del Código traen cambio en la publicidad de Internet y Espirituosos España adapta el artículo de su Código de Autorregulación a los cambios sociales que afectan a nuevos productos (versiones 0.0 y bajas en alcohol).
Es necesario destacar que las bebidas 0.0 no están destinadas a los menores de edad. Por lo tanto, han de cumplir con las restricciones para evitar que la publicidad llegue al colectivo. Espirituosos España mantiene, de esta forma, su compromiso de protección a los menores de edad estableciendo normas que garanticen su protección. Así, el Código de Autorregulación sectorial recoge que no se podrá exhibir publicidad de estos nuevos productos 0.0 y bajos en alcohol en medios, soportes y horarios mayoritariamente dirigidos a menores de edad.
Del mismo modo, en el caso de las bebidas sin graduación alcohólica, se incluirá una mención a que el producto se dirige a mayores de 18 años o el pictograma, en aquellas publicidades digitales creadas para ser compartidas con otros usuarios, especificando que es contenido dirigido a mayores de edad y no debe ser reenviado a menores de edad. Por otro lado, se ha procedido a la regulación de bebidas espirituosas entre los influencers de las redes sociales para garantizar la protección de los menores y evitar el consumo abusivo.
En esta línea, los influencers deberán utilizar mecanismos de verificación de la edad en las plataformas digitales para evitar que los menores accedan a estos contenidos. En las plataformas en las que los mecanismos de verificación de edad no estén disponibles, solo se podrá colaborar con influencers que tengan al menos 25 años y se dirijan principalmente a audiencias mayores de edad.
Además, los influencers elegidos para promocionar bebidas espirituosas no deberán de tener ninguna relación con el consumo abusivo o indebido de bebidas alcohólicas, ni tendrán ninguna reputación asociada a consumos irresponsables. Finalmente, el Código de Autorregulación del sector de bebidas espirituosas se aplicará a las empresas asociadas a Espirituosos España que editen, difundan o emitan publicidad para el territorio español.