La CNMC archiva la denuncia de FIAB y Promarca contra la alianza DIA-Eroski

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A finales del año 2015, DIA y EROSKI fueron denunciadas por la FIAB y PROMARCA ante la CNMC por posibles conductas constitutivas de infracción de lo dispuesto en la ley de Defensa de la Competencia. Ambas organizaciobes consideraban que la alianza firmada por DIA y Eroski incurría en «fijación de precios, limitación de las inversiones a la innovación o promoción, obligación de condiciones semejantes a prestaciones diferentes y subordinación de la celebración de contratos con ambos a la aceptación de pagos y condiciones comerciales que no guardan relación con el acuerdo de suministro con cada distribuido».

FIAB y PROMARCA denunciaban también que la aplicación del acuerdo daría lugar a conductas que podrían considerarse abuso de posición dominante.

La resolución de la CNMC concluye que «el poder de negociación que los proveedores mantienen sigue siendo suficiente para contrarrestar el refuerzo del poder de compra por parte de DIA y Eroski» Ahondando en este punto, afirma que los proveedores cuentan con poder de negociación suficiente para forzar el establecimiento de condiciones no restrictivas de la competencia.

La Sala recuerda, además, que aunque no tiene constancia de la existencia de acuerdos similares en España (sin perjuicio de la existencia de centrales de compra) en Francia se ha desarrollado una red de acuerdos similar entre los 6 principales operadores de mercado.

Por último ha considerado que el Acuerdo es susceptible de generar efectos positivos para los consumidores lo que reduce notablemente la posibilidad de incidir negativamente en el interés general.