La AEPD multa a Mercadona tras una denuncia por vulnerar la norma de protección de datos
La multa deriva de la denuncia de una mujer que solicitó imágenes de una tienda tras un incidente
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a Mercadona por haber vulnerado los artículos 6 y 12 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), al no haber facilitado a una mujer accidentada en unos de sus establecimientos las imágenes de las cámaras de seguridad que habían recogido ese momento.
La AEPD ha sancionado con 170.000 euros a Mercadona por haber infringido los artículos 6 y 12 de la norma de protección de datos, referida a la licitud del tratamiento y a la transparencia de la información, comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado.
La multa deriva, en concreto, de la denuncia presentada por una mujer que había tenido un accidente en uno de sus supermercados y que había solicitado a la cadena, cuatro días después del incidente, las imágenes de las cámaras de seguridad que habían grabado el momento.
La demandante había enviado dicha solicitud a través de un formulario en la página web de Mercadona y había recibido después un correo, confirmando dicha petición. Tras un mes sin recibir las imágenes, la mujer acudió al Delegado de Protección de Datos de Mercadona (DPD), quien le aseguró que no habían recibido ninguna solicitud y que dichas imágenes se habían eliminado.
La compañía que dirige Juan Roig alegó ante la AEPD que había habido un error humano en la gestión y que ya se habían tomado medidas disciplinarias, organizativas y técnicas para evitar que se volviera a dar un error similar. Aunque no especificó en qué consistía dicho fallo. La cadena de supermercados se puso en contacto también con la víctima, con la que ha llegado a un acuerdo para compensarle económicamente por los daños causados.
La AEPD ha considerado que Mercadona ha vulnerado parte del Reglamento General de Protección de Datos y le ha impuesto dos sanciones: una, de 70.000 euros por infringir el artículo 12, y otra de 100.000 euros, por incumplir el artículo 6.