Carrefour, obligada a cancelar su tarjeta de ‘revolving’
La Audiencia Provincial de Madrid señala que la tarjeta tiene una cláusula de interés remuneratorio abusivo, al 21,99% TAE.
Un golpe para la cadena de hipermercados Carrefour, al recibir el rechazo de la Audiencia Provincial de Madrid del recurso de apelación interpuesto por Servicios Financieros Carrefour contra la sentencia del juzgado de Primera Instancia 102 de Madrid, que condenaba a la entidad a anular el contrato de tarjeta ‘Carrefour Pass’.
Por ello, según comunica Europa Press, la Audiencia ratifica la postura del juzgado que declaraba “abusiva la cláusula de interés remuneratorio de la tarjeta ‘revolving’, pactado al 21,99% TAE por falta de transparencia en una sentencia que la empresa recurrió en apelación”. La Audiencia Provincial recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo, de 4 de marzo de 2020, “admite el control de transparencia en las cláusulas relativas al interés remuneratorio”.
También establece que, en otra reciente sentencia del mismo tribunal, con fecha 21 de enero de este año, “se sienta jurisprudencia sobre la exigencia de control de incorporación en toda clase de contratos y, además, de transparencia reforzada en la contratación con consumidores”, indica el comunicado.
«La carga económica de este tipo de contratos de tarjetas ‘revolving’, concepto este del que tienen que informar adecuadamente desde el propio banco o entidad, viene determinada por tres elementos: capitalización de intereses de la operación, la variabilidad del límite de crédito que permite el incremento de la deuda y, por último, la mínima cuota de amortización que prolonga el crédito de una forma casi indefinida», ha explicado el equipo jurídico de Don Recuperador, publicado en EP.