Amazon, de marketplace a operador postal, según la CNMC
Tras cerca de dos años bajo la vigilancia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) respecto a su programa de repartidores de última milla, Amazon Flex, la compañía ha sido finalmente considerada como operador postal y, por tanto, debe cumplir con la norma que regula este sector.
Según ha expuesto la entidad reguladora en su resolución, a pesar de que el marketplace tenga como actividad principal el comercio electrónico y que su modelo de negocio cuente, como soporte principal, una plataforma electrónica, “no excluye ni impide que pueda realizar funciones que tengan la consideración de carácter postal”.
La CNMC señala que tanto Amazon Spain Fulfillment S.L (la Logística de Amazon) como Amazon Road Transport Spain, S.L (responsable del reparto de última milla) realizan labores que coinciden con las indicadas en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y encajan mejor que con las del sector transporte o logístico.
En abril de 2019, la CNMC inició una investigación para determinar si la empresa logística del marketplace realizaba tareas propias de una compañía del sector postal y, por tanto, si tendría que estar inscrita en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales para poder operar.
Ese mismo mes, la firma de ecommerce respondía a la entidad, afirmando que no debía registrarse como operador de servicios postales porque su actividad consistía en “la gestión logística del inventario y en la preparación de pedidos para su recogida por parte de los transportistas que llevan a cabo su envío a los clientes finales y para lo que cuenta con la autorización para ser operador”. Además, argumentaba que todos sus servicios logísticos se prestaban únicamente a compañías del grupo, y no a terceras entidades.
Y en caso de considerarse que, efectivamente, la compañía realizaba servicios postales, “serían subsumibles dentro del concepto de servicios realizados en régimen de autoprestación al ser efectuados por el propio remitente de los envíos”.
El control de Amazon en el envío, clave en la resolución
En su resolución, la CNMC rechaza el argumento del marketplace. “La singularidad de que Amazon – previo pago- ponga a disposición de terceros comerciantes minoristas sus servicios de mensajería y paquetería, y no los utilice en exclusiva para la entrega y distribución de los productos de su inventario, excluye que puedan quedar exentos de la normativa postal por la vía de la autoprestación”, destaca.
De igual modo, el hecho de que Amazon recurra a otras compañías, operadoras del sector postal, para reforzar sus servicios de mensajería y paquetería, le distingue de otros minoristas porque ejerce mayor control e influencia sobre tales operadoras, “y le dota de una capacidad de dirección sobre la prestación del servicio, similar a la de cualquier otro operador del sector”.
Así, la CNMC ordena al marketplace a registrarse en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, siendo insuficiente que los repartidores de su programa Amazon Flex estén inscritos en este. “Contar con la autorización de transportista no excluye del cumplimiento de la normativa postal si además del transporte se realizan otros cometidos que tienen el carácter postal”, recuerda.
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