La Justicia Europea respalda la obligación de aceptar el pago en efectivo
La sentencia, que el tribunal acaba de hacer pública, rechaza la prohibición del pago en efectivo de una entidad privada alemana.
Las empresas que gestionan el uso del dinero en efectivo, asociadas en la European Cash Management Companies Association (ESTA) han mostrado su acuerdo con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que respalda la obligación de aceptar el pago en efectivo en cualquier país de la UE, en detrimento de iniciativas de comercios que prohíben su uso.
Según ha expresado la ESTA, la sentencia emitida por el máximo órgano judicial de la Unión Europea a finales de enero rechaza las iniciativas particulares que puedan adoptar los establecimientos comerciales acerca del ‘no efectivo’, y señala que cualquier medida restrictiva al uso del dinero en efectivo debe ser adoptada por las autoridades estatales.
Un rechazo que también se extiende al ámbito gubernamental. En la sentencia, el TJUE establece que “dado que la Unión Europea dispone de competencia exclusiva en el ámbito de la política monetaria de los Estados miembro cuya moneda es el euro, y que tal competencia incluye una dimensión normativa dirigida a garantizar el estatuto del euro como moneda única, esa situación se opone a que un Estado miembro adopte una disposición que determine el régimen jurídico del curso legal de los billetes denominados en euros”.
“Los Estados miembro de la UE no pueden adoptar medidas que supongan la desaparición del euro físico, ya que supondría aniquilar la moneda de curso legal en ese país”, explican desde ESTA, y añaden que, a este respecto, existen iniciativas en varios países de la zona euro, como Dinamarca, Noruega, Suecia o Reino Unido, que están adoptando una legislación concreta para proteger el efectivo, como la imposición de obligaciones específicas en el sector financiero.
El efectivo, el medio de pago más utilizado en España
A finales de enero, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea hizo pública la sentencia C-422/19 y C-423/19, en el que señalaba que una normativa nacional no puede excluir la posibilidad de usar billetes en euros ni contener medidas que conduzcan a la supresión de dichos billetes.
Esta resolución vino motivada por el recurso interpuesto por dos ciudadanos alemanes ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo de Alemania, ante la negativa por parte del Hessischer Rundfunk – organismo de radiodifusión del estado federado de Hesse- de pagar el canon audiovisual en efectivo.
Según datos del Banco de España, el efectivo es el método preferido por el 53% de los ciudadanos españoles, llegando hasta el 74% y 82% en el caso de los mayores de 64 años y los menores de 24, respectivamente. El Banco Central Europeo cifra su uso en nuestro país en el 83% del total de transacciones comerciales.